EXPERTOS EN DERECHO DE INSOLVENCIA ECONÓMICA LEY 1116 DE 2006
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ACÓJASE A LA LEY DE INSOLVENCIA Y CAMBIE LA SITUACIÓN DE SU EMPRESA

Más vale actuar a tiempo…

Le ayudamos a prevenir que le embarguen sus bienes y si esto ha sucedido se solicita la suspensión de los procesos judiciales en curso, acogiéndose a la Ley 1116 de insolvencia. De esta manera se puede proteger y blindar su patrimonio y asesorarlo integralmente en su crisis económica.

Proyecta Futuro S.A. es una sociedad dedicada a Consultoría Empresarial especializada en procesos de insolvencia empresarial y otros campos de actividad de los negocios.

Mediante mecanismos de alianzas estratégicas, hemos conformado un sólido equipo de trabajo, integrado por un selecto grupo de profesionales de primer nivel en varias disciplinas, quienes cuentan con una trayectoria de más de treinta años de experiencia en sus actividades, sirviendo a los empresarios de nuestro país en diversos campos. 

Nuestro Gerente General
Carlos Eduardo Cadena Cuervo

 

Procesos de Admisión a Acuerdos de Reorganización Ley 1116 de 2006

¿ Que es un Acuerdo de Reorganización Empresarial por Ley 1116 de 2006 ?

El Acuerdo de Reorganización Empresarial bajo los parámetros de la Ley 1116 de 2006, es una figura legal diseñada para que cualquier empresa en dificultades financieras transitorias y que sea viable, se pueda acoger a este procedimiento, que le da la oportunidad jurídica de blindarse por un tiempo prudencial contra las presiones financieras y ejecutivas de los acreedores en su contra por encontrarse en mora e incumpliendo compromisos adquiridos, lapso durante el cual debe cumplir con requisitos señalados en la Ley y las normas concordantes.

Después de ser admitida a un Acuerdo de Reorganización Empresarial por la Superintendencia de Sociedades, previa solicitud en la que prestamos nuestra asesoría, la empresa debe iniciar un camino para que sus acreedores voten un acuerdo que debe ser aprobado por la mayoría de estos para establecer un Plan de Pago de sus obligaciones en el tiempo, mediante proyecciones financieras, comerciales y operativas que demuestren su viabilidad como producto de la reorganización que al interior deba poner en marcha el deudor para que tales proyecciones resulten viables.

De acuerdo con las proyecciones financieras obtenidas con base en la implementación de argumentos de la reorganización planteada en diferentes áreas del negocio, se votará por parte de la mayoría de los acreedores, que a su vez obliga a disidentes, un Acuerdo de Reorganización Empresarial en que se establecerán nuevas condiciones de plazo, interés y financiación para las obligaciones vencidas y por vencer con carácter de restructuración financiera, con el fin de hacer viable el negocio y a la vez contar con el tiempo necesario para su recuperación.

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Estamos seguros que nuestras estrategias te consolidaran y te llevarán al siguiente nivel.

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DESIGNADO COMO LIQUIDADOR PRINCIPAL DE LA IPS MEDICOS ASOCIADOS S.A. EN PROCESO DE LIQUIDACION VOLUNTARIA

LIQUIDADOR DESIGNADO POR LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES PARA LAS EMPRESAS:

• Talleres de Mecánica I. Klein & Cia Ltda. en Liquidación Obligatoria.

• Pharmaseg de Colombia Ltda. en Liquidación Obligatoria.

• Carpas Hernán G. Pedraza e Hijos & Cia Ltda. en Liquidación Obligatoria.

• Clínica San Sebastián & Cia. Ltda. en Liquidación Obligatoria.

• Insumos para Balanceados INFABA S.A. en Liquidación Obligatoria.

• Comercializadora Internacional Servitrust Ltda. en Liquidación Judicial.

• Comercializadora Internacional Servipuntos S.A. en Liquidación Judicial.

• Corporación Superservi en Liquidación Judicial.

• Asociación Mutual Fuerza Global en Liquidación Judicial.

• Jacobo Mauricio Moreno Moreno. en Liquidación Judicial.

• María Rosalba Herrera Reina. en Liquidación Judicial.

• Inversiones Raíz Network Colombia Ltda. en Judicial.

• Ildorfo de Jesús Espinosa Sánchez. en Liquidación Judicial.

• Doris Uribe Osorio. en Liquidación Judicial.

• Hernán de Jesús Tobón Ortega. en Liquidación Judicial.

• Viajes Galeón S.A. en Liquidación por Adjudicación.

• Icotec Colombia S.A.S. en Liquidación por Adjudicación

 

  • Cooperativa Solidaria de Salud – COOPSOLSA ESS, Bogotá D.C.
  • Asociación Mutual de Chía ESS, Bogotá D.C.
  • Empresa Cooperativa de Servicios de Salud del Oriente de Cundinamarca –ECOSORIENTE ESS, Fómeque (Cundinamarca)
  • Cooperativa Salud y Vida – COPSAVID ESS, Bogotá D.C.
  • Empresa Solidaria de Salud es Mas Salud Organización Cooperativa ES+SALUD ESS, Bogotá D.C.
  •  Cooperativa Multiactiva de Salud y Desarrollo Integral del Caribe– COOPSACARIBE ESS, Barranquilla.
  • Cooperativa Integral de Salud para Soledad – COOPSASOL ESS, Barranquilla.
  •  Corporación Empresa Solidaria de Salud del Caribe – SOLCARIBE ESS, Barranquilla.
  • Unión de Usuarios Médicos y Cajas – UNIMEC E.P.S. S.A., empresa a nivel nacional.
  • Programa de Régimen Contributivo – E.P.S., de Unión de Usuarios Médicos y Cajas – UNIMEC E.P.S. S.A., empresa a nivel nacional.
  • Unión de Usuarios Médicos y Cajas – UNIMEC E.P.S. S.A., empresa a nivel nacional con activos superiores a los 100.000 millones de pesos.

     

• Para el Acuerdo de Reestructuración de obligaciones de la sociedad INVERSIONES LOS LIRIOS S.A., perteneciente al Grupo Sunisa,  en la ciudad de Medellín.

• Para el Acuerdo de Reorganización de la sociedad Constructora Emindumar S.A.

• Para el Acuerdo de Reorganización de José Urielso Martínez Mantilla.

• Para el Acuerdo de Reorganización deGraciela Tarazona González en Barrancabermeja

• Para el Acuerdo de Reorganización de Gabriel Pérez Huertas.

• Consultor para la admisión a un Acuerdo de Reestructuración Empresarial a la sociedad INDUSTRIAS PAVAPLAST a través de PROYECTA FUTURO S.A., como Gerente General.

• Consultor para la admisión a un Acuerdo de Reestructuración Empresarial a la sociedad ART PRINT S.A., a través de PROYECTA FUTURO S.A., como Gerente General.

• Consultor para la admisión a un Acuerdo de Reorganización Empresarial a la sociedad OMEGA LEATHER S.A., a través de PROYECTA FUTURO S.A., como Gerente General.

• Consultor para la admisión a un Acuerdo de Reorganización para lo sociedad Grupo Editorial OFFSET PRINT S.A., a través de PROYECTA FUTURO S.A., como Gerente General.

• Consultor para la admisión a un Acuerdo de Reorganización para lo sociedad FACTORYCERRA S.A.S., a través de PROYECTA FUTURO S.A., como Gerente General.

• Consultor para la admisión a un Acuerdo de Reorganización para lo sociedad IMPRESIÓN Y PLASTICOS S.A.S., a través de  PROYECTA FUTURO S.A., como Gerente General.

• Consultor para la admisión a un Acuerdo de Reorganización para la sociedad MÉDICOS ASOCIADOS S.A., a través de PROYECTA FUTURO S.A., como Gerente General.

• Consultor para la admisión a un Acuerdo de Reorganización para la sociedad PROMOTORA de CONSTRUCCIONES INMOBILIARIAS S.A.S.,  a través de PROYECTA FUTURO S.A., como Gerente General.

Designación por la Superintendencia de Sociedades en su calidad de Juez de los Procesos de Intervención como Agente Interventor, bajo los Decretos 4333 y 4334 de 2008, para los siguientes sujetos captadores de dineros del público:

•Comercializadora Internacional Servitrust Ltda.

•Comercializadora Internacional Servipuntos S.A.

•Corporación Superservi.

•Asociación Mutual Fuerza Global.

•Jacobo Mauricio Moreno Moreno.

•María Rosalba Herrera Reina.

•Inversiones Raíz Network Colombia Ltda.

• Ildorfo de Jesús Espinosa Sánchez.

•Doris Uribe Osorio.

•Hernán de Jesús Tobón Ortega.

Designación por parte de la Superintendencia de Puertos y Transporte en el Proceso de Intervención como Representante Legal de la sociedad EGOBUS S.A.S. la cual era operadora del Servicio Integrado de Transporte Público – SITP.

En este cargo y durante dos años, se pretendió salvar a esta sociedad, una de las nueve operadoras del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, pero no obstante el interés de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Superintendencia de Puertos y Transporte, la Secretaría de Movilidad Distrital, y de Transmilenio S.A., como Ente Gestor del Sistema, no fue posible conseguir en forma oportuna inversionistas por las grandes dificultades y retos de un sistema complejo y mal estructurado desde un comienzo para la prestación del servicio de transporte público masivo de la capital.

El Plan de Salvamento no tuvo por diferentes circunstancias el éxito esperado, por lo que Transmilenio decidió la terminación de los contratos de concesión otorgados a Egobus, lo cual determinó su liquidación que actualmente se tramita en la Superintendencia de Sociedades.

Dirección: Carrera 64 No. 103 – 05, Bogotá D.C – Colombia
Celular: 316 354 5615 Whatsapp: 310 227 8714
E-mail: info@proyectafuturo.co

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